Micelio

Artículo 64

Contratacion De Servicios

Decreto 1298 de 1994 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema General de Seguridad Social en Salud

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CONTRATACION DE SERVICIOS. Las Entidades Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de Salud podrán establecer modalidades de contratación por capitación con grupos de práctica profesional o con profesionales individuales, con el fin de incentivar la eficiencia y la calidad de la prestación de servicios de salud. Así mismo, las Entidades Promotoras de Salud podrán adoptar otras modalidades de contratación y pago tales como capitación, Pago Integral por Diagnosticos Asociados o presupuestos globales fijos, de tal manera que incentiven las actividades de promoción y prevención y el control de costos y se racionalice la demanda por servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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