Inclúyase en Plan Vial, de planificación y construcción de los Ferrocarriles Nacionales, el ferrocarril que partiendo de la Estación del Espinal, vértice de los Ferrocarriles, que de Bogotá, Santa Marta, Ibagué y Neiva van al Espinal (Tolima), vaya en dirección a los Llanos Orientales pasando por el Puente de La Caimanera, Boquerón de Aguasclaras, Cerro de Misiones, Lozanía, San Pablo, Berlín, Belalcázar, Torres, Cerro Monteso, Quindifeo, pase por la depresión de la Cordillera Oriental y vaya al Puerto de La Concordia en la confluencia de los ríos Guayabero y Ariari.
Ley 24 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Ley 24 de 1966 · Sobre Plan Vial, planeación, planificación y construcción del Ferrocarril del Espinal (Tolima), al Puerto de La Concordia en la confluencia de los ríos Guayabero y Ariari
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.