Micelio

Artículo 2.4.3.4.3

De Las Obligaciones Derivadas Del Otorgamiento, Suspensión O Cancelación De La Licencia

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las obligaciones derivadas del otorgamiento, suspensión o cancelación de la licencia. En ejercicio de la facultad legal de otorgar, suspender o cancelar la licencia de funcionamiento de las instituciones, públicas o privadas, de protección al niño, niña o adolescente y a la familia, el ICBF, en la reglamentación interna que para el efecto expida, establecerá la obligación que estas tienen, cualquiera que sea su naturaleza jurídica o su organización administrativa, de someterse a los requisitos previstos por el Instituto.

(Decreto 2388 de 1979, artículo 116)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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