º. Prorrogar por el término de seis (6) meses, contados a partir del 7 de marzo de 2005, el plazo para la liquidación, y por ende, la existencia legal de Carbocol "en Liquidación", previsto en el artículo 28 del Decreto 520 de 2003, prorrogado mediante los artículos 1º del Decreto 659 de 2004 y 1º del Decreto 2831 del mismo año.
Decreto 589 de 2005 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 589 de 2005 · por el cual se prorroga el plazo para la liquidación de Carbones de Colombia S.A., Carbocol "en Liquidación", señalado en el artículo 28 del Decreto 520 de 2003 y prorrogado mediante los artículos 1° del Decreto 659 de 2004 y 1° del Decreto 2831 de 2004.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.