ARTICULO 2 º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto número 1917 del 6 de agosto de 1984.
Decreto 1136 de 1985 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1136 de 1985 · Por el cual se aprueba el Acuerdo numero 013 del 12 de junio de 1984 del Consejo Directivo de la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, sobre modificación parcial de los estatutos de la Promotora de Vacaciones y Recreación Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.