Micelio

Artículo 11

Ley 107 de 1936 · Por la cual se provee al mejoramiento económico de las tierras, y se dan unas autorizaciones al Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las obras de desecación que se emprendan en las adyacencias de las lagunas no serán respetadas éstas, de manera que el caudal de sus aguas no sea disminuido en forma inconveniente para la economía nacional y el aprovechamiento de las aguas potables para las ciudades vecinas a los pequeños lagos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 107 de 1936