Micelio

Artículo 2.6.1.1.4.2

Patrimonio

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Patrimonio. Los servicios de que trata el artículo 2.6.1.1.4.1., de la presente Sección deberán mantener y acreditar ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada una cuantía mínima de patrimonio, con el fin de asegurar la confianza de los usuarios en el servicio y propender a un crecimiento económico en condiciones normales de competitividad.

(Decreto 0071 de 2002 artículo 2°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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