Micelio

Artículo 2

Ley 14 de 1905 · Por la cual se ratifica el Decreto legislativo número 47 de 1905 (6 de marzo) sobre autorizaciones para fundar un Banco y sobre conversión y amortización del papel-moneda

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2º Para el cobro de las rentas nacionales que maneje el Banco Central, tendrá todas las preeminencias del Fisco, inclusive la jurisdicción coactiva, que será ejercida por un empleado del Banco, designado por el Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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