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Artículo 7

Oficina Asesora De Comunicaciones

Decreto 987 de 2012 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras" y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina Asesora de Comunicaciones. Son funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones las siguientes

1.

Asesorar al Director General en la formulación, implementación y evaluación del plan estratégico de comunicaciones de la Entidad, dentro de marco de las políticas del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación para este tema.

2.

Asesorar, en coordinación con la Dirección de Gestión Humana, a todas las dependencias del Instituto, en la gestión de comunicaciones internas.

3.

Asistir al Director General en la promoción y posicionamiento de la imagen institucional.

4.

Asesorar en el diseño y desarrollo de contenidos y estrategias de comunicación dirigidos a la comunidad y en particular a los beneficiarios de los programas del ICBF.

5.

Dirigir, coordinar y programar todos los aspectos relacionados con la producción y emisión de las comunicaciones del Instituto en las áreas específicas de prensa, comunicación organizacional, producción editorial y centros de documentación, información y material corporativo.

6.

Apoyar en las estrategias de comunicación a la Dirección de Gestión Humana, para el desarrollo de programas dirigidos a los servidores públicos del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar.

7.

Efectuar el proceso editorial y el acompañamiento técnico a las áreas generadoras del contenido.

8.

Realizar los procedimientos para la legalización y registro de los productos editoriales y verificar el cumplimiento de la normatividad atinente a derechos de autor.

9.

Liderar las relaciones del Instituto con los medios de comunicaciones locales, regionales, nacionales e internacionales.

10.

Apoyar la logística que requieran las Dependencias del Instituto, para realizar los eventos institucionales.

11.

Implementar el sistema de comunicaciones internas y el desarrollo de los contenidos de la intranet y la web, en coordinación con la Dirección de Información y Tecnología.

12.

Definir y hacer seguimiento a sus metas, planes de acción e Indicadores, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Logística y Abastecimiento.

13.

Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.

14.

Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión.

15.

Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

16.

Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

17.

Adelantar las funciones de la Dependencias dentro del marco de las normas vigentes y de los lineamientos del Sector de la Inclusión Social y la Reconciliación.

18.

Asegurar el ejercicio de la supervisión de los contratos a cargo de Dependencia.

19.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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