Micelio

Artículo 17

Para Completar Los Datos Referentes A La Producción Nacional Y A Las Industrias De Elaboración, Las Empresas De Transportes Están En La Obligación De Rendir Un Informe Exacto Acerca De Los Productos Y Demás Efectos Transportables, Con Anotación De La Procedencia Y Destino De Los Mismos Del Dueño De Ellos, De Su Peso Y Del Flete O Valor Del Transporte Que Causaron

Decreto 726 de 1924 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre estadística de las industrias y del trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para completar los datos referentes a la producción nacional y a las industrias de elaboración, las empresas de transportes están en la obligación de rendir un informe exacto acerca de los productos y demás efectos transportables, con anotación de la procedencia y destino de los mismos del dueño de ellos, de su peso y del flete o valor del transporte que causaron.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 726 de 1924