Para completar los datos referentes a la producción nacional y a las industrias de elaboración, las empresas de transportes están en la obligación de rendir un informe exacto acerca de los productos y demás efectos transportables, con anotación de la procedencia y destino de los mismos del dueño de ellos, de su peso y del flete o valor del transporte que causaron.
Decreto 726 de 1924 →Vigente
Artículo 17
Para Completar Los Datos Referentes A La Producción Nacional Y A Las Industrias De Elaboración, Las Empresas De Transportes Están En La Obligación De Rendir Un Informe Exacto Acerca De Los Productos Y Demás Efectos Transportables, Con Anotación De La Procedencia Y Destino De Los Mismos Del Dueño De Ellos, De Su Peso Y Del Flete O Valor Del Transporte Que Causaron
Decreto 726 de 1924 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre estadística de las industrias y del trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.