Micelio

Artículo 24

Para Gastos De Impresiones Oficiales Y Administración De La Imprenta Nacional, Trece Mil Ciento Noventa Y Dos Pesos, Treinta Y Cinco Centavos $ 13

Decreto 117 de 1895 · Por el cual se abren varios créditos extraordinarios al presupuesto de 1893 y 1894

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único , Abrese al Presupuesto de gastos la vigencia de 1893 y 1894 los siguientes créditos extraordinarios, por la suma de treinta mil seiscientos noventa y cuatro pesos, treinta y cinco centavos : Departamento de política interior. Capítulo 13 Artículo 24. Para gastos de impresiones oficiales y administración de la Imprenta nacional, trece mil ciento noventa y dos pesos, treinta y cinco centavos $ 13.192 35 Capítulo 17 Artículo 39 Para gastos de material del ramo de Correos, diez y seis mil trescientos veintiséis pesos, en la siguiente forma : A la Compañía Colombiana de Transportes, por conducción de los correos del Atlántico, durante los meses de Julio á Diciembre inclusive de 1894 á $ 2,500 mensuales $ 15,000 Al Sr. Demetrio Paredes, por impresión litográfica postales 1,296 A Ricardo R. Saenz, por encuadernación de unos libros para el servicio del cuerpo de Carteros y Busoneros 20 A los Sres. Borda é Hijo, por impresión de unas circulares para la Estadística postal 10 16,326 Artículo 45. Para pago del servicio telefónico en las oficinas nacionales, mil ciento setenta y seis pesos 1,176 1,176 Total de los créditos $ 30694 35 Publíquese.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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