Articulo decimosegundo. La vigilancia de la gestión fiscal del Fondo corresponde a la Contraloría General de la República, por intermedio de sus Auditores Delegados en Colombia y en el Exterior. La Contraloría General de la República prescribirá los sistemas contables más apropiados que permitan una mayor agilidad en los trámites, de acuerdo con la naturaleza y organización del Fondo.
Decreto 609 de 1982 →Vigente
Artículo 12
Decreto 609 de 1982 · Por el cual se reglamenta la Ley 9ª de 1981 sobre Organización del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.