Destinase la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.00) como cooperación de la Nación a la construcción de la plaza de mercado en el municipio de Piedecuesta. En los presupuestos de las próximas vigencias se incluirá la partida para darle cumplimiento a este artículo.
Ley 117 de 1943 →Vigente
Artículo 6
Ley 117 de 1943 · Por la cual se vota un auxilio para los damnificados por el incendio de Ríosucio (Caldas) y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.