La Nación se asocia al duelo causado por la muerte del doctor Antonio Gómez Restrepo, colombiano que durante su meritoria existencia dio brillo a la República como Profesor de copiosa humanística; como diplomático de gran prestancia y decoro; como crítico literario, que ocupó la más alta jerarquía entre sus coetáneos; como poeta de alta inspiración; como Senador y Representante, y como ciudadanos de relevantes virtudes públicas y privadas.
Ley 173 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Ley 173 de 1948 · Por la cual se honra la memoria de don Antonio Gómez Restrepo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.