Micelio

Artículo 4

Decreto 2835 de 1954 · Por el cual se dictan normas sobre el delito de injuria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Si la divulgación se hiciere mediante el empleo de expresiones indirectas, como "se dice"; "corre el rumor"; "se asegura"; "se nos ha informado"; "en círculos autorizados", o cualquier otra similar, equivaldrá a injuria manifiesta, con tal de que sean idóneas para identificar con facilidad la persona ofendida por parte de quien oye o lee la divulgación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2835 de 1954