Uso de Bienes Afectos a la Continuidad en la Prestación del Servicio de Televisión . Durante el proceso de liquidación de la entidad los bienes afectos a la continuidad del servicio de televisión serán usados por el Gestor del servicio para el ejercicio de sus funciones, el pago por el uso de estos bienes se realizará mediante la compensación con cargo a los gastos e inversiones que demande la administración, operación y mantenimiento de aquellos.
Decreto 3551 de 2004 →Vigente
Artículo 28
Uso De Bienes Afectos A La Continuidad En La Prestación Del Servicio De Televisión
Decreto 3551 de 2004 · por el cual se suprime la Compañía de Informaciones Audiovisuales-Audiovisuales, y se ordena su disolución y liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.