Micelio

Artículo 5

La Comisión Se Reunirá Ordinariamente Cada Tres Meses, O Extraordinariamente, Cuando Sea Convocada Por Su Presidente

Decreto 1961 de 1975 · Por el cual se adiciona y modifica el Decreto número 798 bis de 1972

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Comisión se reunirá ordinariamente cada tres meses, o extraordinariamente, cuando sea convocada por su Presidente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1961 de 1975