Micelio

Artículo 2

º Para Todos Los Efectos, Deberán Tenerse En Cuenta Las Siguientes Definiciones: Gas Natural: Es Una Mezcla De Hidrocarburos Gaseosos, Principalmente Metano, Proveniente De Depósitos Del Subsuelo O Que Acompañan Al Petróleo Y Se Producen Con Éste

Decreto 2011 de 1986 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 1056 de 1953.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para todos los efectos, deberán tenerse en cuenta las siguientes definiciones: Gas Natural: Es una mezcla de hidrocarburos gaseosos, principalmente metano, proveniente de depósitos del subsuelo o que acompañan al petróleo y se producen con éste. Gasoducto: Conjunto de instalaciones, de tuberías y accesorios, por donde se transporta el gas natural desde la fuente principal de abastecimiento hasta un punto determinado. Gasoducto Urbano: Sistema de transporte y abastecimiento de gas natural, para atender en un área urbana el suministro domiciliario e industrial de dicho elemento. Línea de Suministro: Conjunto de tuberías y accesorios por donde se transporta el gas natural desde la fuente principal de abastecimiento hasta un punto determinado, para uso domiciliario e industrial, en un área urbana. Troncal: Son las tuberías que conducen gas natural a partir de una estación reguladora, a través de una ruta previamente aprobada por el Ministerio de Minas y Energía, dentro de un área urbana. Anillos: Se conforman con la tubería que lleva el gas natural desde la troncal y bordea, total o parcialmente, una o varias manzanas, y desde la cual se conectan las acometidas para su consumo final. Estación Reguladora: Es el conjunto de aparatos, tuberías, válvulas y accesorios instalados para regular la presión del gas natural. Medidor: Dispositivo utilizado para medir el volumen de gas suministrado al usuario. Instalación Interna: Comprende los materiales y accesorios utilizados para conducir el gas natural desde el medidor hasta los aparatos de consumo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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