Direcciones Territoriales . Para la satisfacción de los requerimientos de formación y de capacitación de los servidores públicos y de asesoría a las entidades territoriales, en el ejercicio de las competencias que le son propias en virtud de los mandatos constitucionales y legales, la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, contará con no más de quince (15) Direcciones Territoriales cuya jurisdicción no necesariamente debe coincidir con la división político administrativa del territorio nacional. E n todo caso toda Dirección Territorial deberá estructurarse de forma tal que facilite la prestación racional y oportuna de los programas de la Escuela. Previa recomendación del Consejo Académico Nacional, el Consejo Directivo Nacional propondrá al Gobierno Nacional, a través Director Nacional de la ESAP, la creación, supresión o fusión de Direcciones Territoriales que considere necesarias de acuerdo con los siguientes requisitos
La creación, o fusión de Direcciones Territoriales estará precedida de un estudio de factibilidad sobre la sede cuya creación se propone o la que resulte de la fusión, presentado por la Dirección Nacional y que contenga como mínimo: - Definición y justificación del área de cobertura propuesta. - Análisis de los requerimientos de formación, capacitación, asesoría e investigación de los entes territoriales de la jurisdicción que se propone. - Información y análisis de los programas académicos iguales o similares ofrecidos por otras instituciones públicas o privadas del área de jurisdicción. - Información sobre los recursos con que cuenten las entidades territoriales del área de cobertura en materia de asesoría e investigación. - Análisis de requerimientos y demanda potencial de servicios de las entidades territoriales de su jurisdicción. - Estudio de necesidades de personal docente necesario y la correspondiente dedicación. - Organización administrativa, recursos físicos y financieros con que contaría la Dirección Territorial para atender los requerimientos de formación, capacitación, asesoría e investigación del área de cobertura;
La propuesta de supresión de las Direcciones Territoriales será justificada por el Director Nacional, detallando como serán cubiertos los servicios que atiende la Dirección Territorial que se suprime y como serán resueltos los asuntos administrativos que resulten de la supresión de la misma.