Sólo el Presidente de la República podrá ponerle el pase á un telegrama para que sea transmitido como oficial, cuando no tenga este carácter.
Decreto 369 de 1907 →Vigente
Artículo 14
Sólo El Presidente De La República Podrá Ponerle El Pase Á Un Telegrama Para Que Sea Transmitido Como Oficial, Cuando No Tenga Este Carácter
Decreto 369 de 1907 · Por el cual se reglamenta la franquicia telegráfica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.