Art. 2°. La disposición del Art. anterior se refiere únicamente al servicio de legalización; no afecta el examen y fenecimiento o glosa de los pagos en referencia, y tiene por objeto la saldacion y eliminación de la cuenta de gastos por legalizar de vigencias económicas expiradas y la saldacion permanente durante el presente año de los capítulos del Presupuesto de 1903 y 1904.
Ley 20 de 1905 →Vigente
Artículo 2
Ley 20 de 1905 · Por el cual se dictan varias disposiciones fiscales y de Contabilidad oficial y mercantil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.