° Las personas damnificadas por la pérdida de bienes muebles, acompañaran a susolicitud de auxilio, las declaraciones. juradas de personas honorables rendidas con intervención del respectivo Agente del Ministerio Público por medio de las, cuales se demuestre
La clase de negocio que el damnificado tuviera establecido en las propiedades afectados por el incendio, en la fecha, en que este acaeció, con expresión de los efectos destruidos por el incendio y del precio de costo de los mismos;
La propiedad de los efectos destruidos por el incendio;
Que debido a los daños causados por el incendio, el damnificado perdió los medios de que disponía para atender a su subsistencia.