Micelio

Artículo 4

Decreto 3182 de 1968 · por el cual se reorganiza la Corporación Proveedora de Instituciones de Asistencia Social "Corpal".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. La Junta Directiva de la Corporación señalará cuales son los productos Farmacéuticos y demás elementos que para su más fácil y económica adquisición o conservación, o por razones geográficas o de urgencias por no figurar en el formulario medico o en las listas de la Corporación pueden ser adquiridos directamente por las entidades a que se refiere la Ley 28 de 1963.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3182 de 1968