° A partir de la vigencia del presente Decreto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13, inciso 2° del Decreto ley 1345 de 1959, entrarán a regir en su totalidad los gravámenes arancelarios establecidos en dicho Decreto para las siguientes Posiciones del Arancel, así: Posición Denominación Gravamen 890. Automotores con carrocería o complementos: a) Automóviles de turismo o de deporte, excepto los destinados al transporte en común: 3) Completos o incompletos que tengan un peso por unidad hasta de 1.650 kilogramos netos. A) Tipo Jeep 10% 891. Chasises por automotores: b) otros 10%
Decreto 2177 de 1963 →Vigente
Artículo 2
A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Y De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 13, Inciso 2° Del Decreto Ley 1345 De 1959, Entrarán A Regir En Su Totalidad Los Gravámenes Arancelarios Establecidos En Dicho Decreto Para Las Siguientes Posiciones Del Arancel, Así: Posición Denominación Gravamen 890
Decreto 2177 de 1963 · Por el cual se derogan unas exenciones, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.