Son funciones de la Dirección de Inmuebles Nacionales las siguientes: 24.1 Dirigir, elaborar, ejecutar y controlar los planes y programas sobre construcción, restauración , conservación, destinación y uso de los inmuebles nacionales de propiedad de la Nación, que no estén a cargo de otras entidades. 24.2 Aprobar o improbar los diseños y presupuestos para la construcción o restauración de los edificios, monumentos y parques urbanos, elaborados directamente o por contracto. 24.3 Programar y dirigir la construcción de edificios nacionales. 24.4 Dirigir y controlar, en coordinación con los Distritos de Obras Públicas, la adquisición de inmuebles, convenios sobre ocupación de zonas y demás acuerdos que se requieran para la ejecución de la obras. 24.5 y controlar las actividades relacionadas con la administración y mantenimiento de los inmuebles nacionales y la elaboración y actualización del inventario de los mismos. SECRETARIA GENERAL
Decreto 1173 de 1980 →Vigente
Artículo 24
Son Funciones De La Dirección De Inmuebles Nacionales Las Siguientes: 24
Decreto 1173 de 1980 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Obras Públicas y Transporte y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.