Micelio

Artículo 1

Departamento De Política Interior

Ley 22 de 1886 · por la cual se abren dos créditos adicionales al presupuesto de gastos de 1885 a 1886

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Abrense al Poder Ejecutivo los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de 1885 á 1886, con imputación á los Departamentos y capítulos que á continuación se expresan: MINISTERIO DE GOBIERNO Departamento de Política interior Cap. 1°. Consejo Nacional Legislativo (P) Para distribuir en proporción equitativa los sueldos mensuales de la Secretaría del Concejo, dede Escribientes á Carteros, del proximo mes en adelante hasta $800. MINISTERIO DE HACIENDA Departamento de Hacienda Cap. 1°. Abrese un crédito adicional de mil trece pesos ($1,013) al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1885 á 1886. Dado en Bogotá, á veinticinco de Septiembre de mil ochocientos ochenta y seis. El Presidente Juan de D. Ulloa El Vicepresidente José María Rubio Frade El Secretario Roberto de Narváez El Secretario Julio A. Corredor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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