Micelio

Artículo 26

Decreto 81 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sistema de ejecución de obras. La construcción y conservación de la infraestructura vial a cargo de la Nación no podrá ser ejecutada en forma directa por el Instituto, requiriéndose para el efecto su ejecución mediante contratación.

Parágrafo

Se exceptúan de lo establecido en este artículo las obras relativas a la prevención de desastres y atención de emergencias en las carreteras nacionales a cargo del Instituto, las cuales podrán ser ejecutadas en forma directa por las autoridades competentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 81 de 2000