Micelio

Artículo 12

Ley 62 de 1973 · Por la cual se aprueban las "Convenciones sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas, de los Organismos Especializados y de la Organización de los Estados Americanos", adoptadas las dos primeras por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de febrero de 1946 y el 21 de noviembre de 1947, respectivamente, y la última abierta a la firma en la Unión Panamericana el 15 de mayo de 1949

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Unión Panamericana tomará las medidas que sean necesarias para la solución adecuada de:

a)

Las disputas que se originen en contratos u otras cuestiones de derecho privado en que la Unión Panamericana sea parte;

b)

Las disputas en que sea parte cualquier funcionario o miembro del personal de la Unión Panamericana, respecto a las cuales goce de inmunidad, en caso de que el Secretario General no haya renunciado a tal inmunidad de acuerdo con el artículo 14.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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