Micelio

Artículo 10

Ley 57 de 1935 · Por la cual se organizan el Archivo y biblioteca del Congreso y el Archivo Nacional y se dan unas autorizaciones al Poder Ejecutivo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Poder Ejecutivo para reorganizar la Imprenta Nacional, la Litografía Nacional y el Almacén de Libros, con la facultad de crear y suprimir empleos, fijar asignaciones y señalar las funciones del personal.

De las autorizaciones que se confieren por el presente artículo podrá hacer uso el Gobierno hasta el 20 de julio de 1936, dentro de la suma total que se apropie en el Presupuesto para personal y material de la Sección 4ª del Ministerio de Gobierno y sus dependencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 57 de 1935