Autorícese al Gobierno nacional para que en cumplimiento y de conformidad a los artículos 334, 341 y 345 de la Constitución Política y de las competencias establecidas en la Ley 30 de 1992 y sus decretos reglamentarios teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestales a mediano plazo, incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones necesarias que permitan ejecutar y entregar al servicio de la comunidad educativa de la Universidad del Magdalena, en el departamento de Magdalena, las siguientes obras de infraestructura:
Construcción de la Nueva Biblioteca.
Construcción del Edificio de Bienestar Universitario.
Construcción del Edificio de Aulas Río Magdalena.
Construcción Gimnasio y Piscina.