Articulo 1º. Declárase turbado el orden público en el Municipio de Medellín; en toda la zona del ferrocarril de Antioquia y en todos los Municipios en que está comprendida la expresada zona. Esta declaración se hace extensiva a los demás lugares del Departamento de Antioquia que lleguen .a ser atetados por sucesos similares a. los ocurridos en Medellín.
Decreto 1186 de 1934 →Vigente
Artículo 1
Declárase Turbado El Orden Público En El Municipio De Medellín; En Toda La Zona Del Ferrocarril De Antioquia Y En Todos Los Municipios En Que Está Comprendida La Expresada Zona
Decreto 1186 de 1934 · Por el cual se declara el estado de sitio y la turbación del orden público en el municipio de Medellín, en la zona del ferrocarril de Antioquia y en los municipios comprendidos en esa zona
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.