El Instituto Geográfico Militar y Catastral vigilará y reglamentará la conservación de todos los puntos fijos catastrales y establecerá un control periódico de estos puntos con intervalos de 5 a 15 años, según convenga. Este control se establecerá de acuerdo con las secciones Departamentales de Catastro.
Decreto 803 de 1940 →Vigente
Artículo 21
El Instituto Geográfico Militar Y Catastral Vigilará Y Reglamentará La Conservación De Todos Los Puntos Fijos Catastrales Y Establecerá Un Control Periódico De Estos Puntos Con Intervalos De 5 A 15 Años, Según Convenga
Decreto 803 de 1940 · Por el cual se reglamenta la Ley 62 de 1939
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.