Micelio

Artículo 25

Validez De Las Autorizaciones

Ley 2603 de 2026 · Por el cual se crea la Agencia Nacional de Seguridad Nuclear (ANSN) y se establece el marco legislativo que regula las actividades que involucran el uso de las radiaciones ionizantes, los materiales nucleares y los materiales radiactivos en el territorio nacional.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las autorizaciones otorgadas por la ANSN para el desarrollo de cualquier Instalación, Actividad, o Práctica, tendrán el carácter de intransferibles. Una autorización dejará de ser válida cuando:

A) Haya expirado cualquier plazo establecido por reglamento o condición de la autorización a la cual fue concedida.

B) Se incumpla alguna de las condiciones específicas previstas en el contenido de la autorización.

C) Se realicen modificaciones sustanciales en la titularidad, infraestructura, personal clave o naturaleza del material utilizado, sin la previa aprobación de la ANSN.

D) Se presente riesgo grave o inminente para la seguridad tecnológica, física, radiológica o para la salud pública;

E) Cualquier otra señalada por la ANSN.

Parágrafo

La autorización otorgada por la ANSN será personal e intransferible. En consecuencia, ninguna persona natural o jurídica distinta del titular podrá cederla, traspasarla, subrogarla, arrendarla, usufructuarla ni permitir su uso o aprovechamiento por terceros, salvo autorización expresa y previa de la ANSN y las excepciones de validez dispuestas en este artículo.

El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la revocatoria inmediata de la autorización, sin perjuicio de las acciones y sanciones administrativas, civiles o penales a que haya lugar.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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