Micelio

Artículo 23

Decreto 1066 de 1999 · por el cual se establece la estructura del Banco Agrario de Colombia, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gerencia de Desarrollo de Personal. La Gerencia de Desarrollo de Personal tendrá las siguientes funciones

a)

Dirigir, vigilar y coordinar la ejecución de los programas adoptados y en el despacho correcto y oportuno de los asuntos de su competencia;

b)

Establecer un modelo integral de desarrollo humano, que permita mantener el personal que la Entidad necesita a través del desarrollo e implantación de políticas, normas y procedimientos que conduzcan al establecimiento del clima organizacional apropiado para la obtención de los objetivos de la Entidad;

c)

Dirigir y desarrollar el estudio correspondiente para la definición de los perfiles de los cargos de la Planta de Personal de la Entidad;

d)

Supervisar que la contratación del personal se ajuste a las normas legales vigentes;

e)

Liderar, desarrollar y mantener el programa de evaluación del desempeño, orientado al desarrollo del personal y a un mayor aporte por parte de ellos a la Entidad;

f)

Dirigir, desarrollar el programa de inducción para los nuevos empleados y trabajadores y reinducción cuando sea necesario;

g)

Ordenar y supervisar el programa de salud ocupacional y seguridad que requiere la Entidad para dar cumplimiento a lo establecido por la Ley y proporcionar seguridad y bienestar a los empleados;

h)

Mantener permanente comunicación con la empresa administradora de riesgos profesionales que atiende a la Entidad, con el fin de obtener de ellos el asesoramiento y coordinación y programa de salud ocupacional;

i)

Elaborar, ejecutar y supervisar el programa de capacitación para los servidores de la Entidad;

j)

Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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