Hágase en el Presupuesto de la actual vigencia el siguiente traslado: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Del capituló 20, artículo 57. Sostenimiento de las Misiones de la Goajira $ 8,000 Para trasladarlos al capítulo 21, artículo 61. Gastos extraordinario se imprevistos del Ministerio, etc. $8,000. Comuníquese y publíquese.
Decreto 522 de 1934 →Vigente
Artículo 57
Sostenimiento De Las Misiones De La Goajira $ 8,000 Para Trasladarlos Al Capítulo 21, Artículo 61
Decreto 522 de 1934 · Por el cual se hace un traslado en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.