Micelio

Artículo 55

Del Régimen Especial De Colocadores

Decreto 2106 de 2019 · por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del régimen especial de colocadores . Cuando se trate del contrato de colocación independiente de apuestas permanentes previsto en el artículo 13 de la Ley 50 de 1990 y demás productos transados en redes comerciales, el recaudo de parafiscales dispuesto en el artículo 56 de la Ley 643 de 2001, será destinado al Servicio Social Complementario de los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS). La contribución de que trata el artículo 56 de la Ley 643 de 2001 será recaudada por el respectivo concesionario de apuestas permanentes el cual trasladará dicho recaudo a Colpensiones, por concepto de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), para que haga parte de la cuenta individual de cada colocador independiente de juegos de suerte y azar, y demás productos tranzados en redes comerciales. Los recursos recaudados por la contribución parafiscal de que trata este artículo, serán girados por los concesionarios o distribuidores, dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente al de su recaudo, a la cuenta creada en los Beneficios Económicos Periódicos de cada colocador independiente quien deberá afiliarse al mecanismo, en los términos y condiciones establecidos en la normatividad vigente en la materia y siempre que reúna los requisitos para tal efecto. Las personas obligadas al registro establecido en el artículo 55 de la Ley 643 de 2001 son los colocadores independientes de juegos de suerte y azar, y demás productos tranzados en redes comerciales. La inscripción y renovación de este registro se hará anualmente, en un solo acto, mediante la relación de la totalidad de los colocadores independientes remitida por cada concesionario a las cámaras de comercio.

Parágrafo

Los colocadores independientes de juego de suerte y azar y demás productos tranzados en redes comerciales que perciban ingresos mensuales que correspondan a una suma igual o superior de un (1) salario mínimo legal mensual vigente deberán afiliarse al régimen contributivo del Sistema de Seguridad Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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