Micelio

Artículo 4

Ley 197 de 1936 · por la cual se honra la memoria del Doctor Gerardo Martínez Pérez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase la cantidad de cinco mil pesos ($ 5.000) para dar cumplimiento a esta Ley, suma que será entregada a la señora madre del doctor Martínez Pérez, previas las formalidades del caso, para que disponga la erección del monumento de que trata el artículo 3° y haga trasladar allí los restos del ilustre magistrado nariñense.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 197 de 1936