° El Consejo Profesional Nacional dé Topografía, podrá negar la expedición de la Licencia de Topógrafo cuando de la revisión de la documentación de Ingeniería y Arquitectura, o del Consejo Nacional, se comprueben suplantación, adulteraciones u otras irregularidades a lo establecido en e1 artículo 22 del Decreto-ley 1782 de 1954.
Decreto 630 de 1981 →Vigente
Artículo 4
El Consejo Profesional Nacional Dé Topografía, Podrá Negar La Expedición De La Licencia De Topógrafo Cuando De La Revisión De La Documentación De Ingeniería Y Arquitectura, O Del Consejo Nacional, Se Comprueben Suplantación, Adulteraciones U Otras Irregularidades A Lo Establecido En E1 Artículo 22 Del Decreto-Ley 1782 De 1954
Decreto 630 de 1981 · Por la cual se reglamenta la Ley 70 de 1979
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.