Micelio

Artículo 41

Alegatos De Conclusión

Ley 1922 de 2018 · Por medio de la cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez culminada la práctica de pruebas, los sujetos procesales e intervinientes tendrán un plazo de quince (15) días para radicar sus alegatos de conclusión.

Parágrafo

A solicitud de las partes o intervinientes se podrá solici­tar al magistrado ponente dentro del escrito de alegatos de conclusión o a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento de los términos para radicar los mismos, audiencia de sustentación de los alegatos de conclusión que deberá celebrarse dentro de los quince (15) días siguientes, a la que podrán concurrir todas las partes e intervinien­tes para ejercer su derecho de contradicción dentro de los límites de los escritos presentados. De no hacerse solicitud en este sentido, se dictará la sentencia con las alegaciones presentadas por escrito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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