Micelio

Artículo 6

Autoridades Propias

Decreto 482 de 2025 · por el cual se establece el régimen transitorio, se dictan normas fiscales y demás necesarias y se imparten instrucciones a las entidades del Gobierno nacional para la puesta en funcionamiento, con fines político-administrativos del territorio indígena de la Zona Norte Extrema de la Alta Guajira (Wuinpumüin).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Autoridades propias. El Territorio indígena ubicado en la Zona Norte Extrema de la Alta Guajira que se pone en funcionamiento en virtud de lo dispuesto en el presente Decreto será gobernado por un Consejo Indígena, como forma de gobierno propio. Este se conformará y reglamentará mediante su ley de origen, derecho mayor o derecho propio, sus usos y costumbres, de conformidad con el artículo 330 de la Constitución Política, y ejercerá en el territorio las competencias y funciones establecidas en la Constitución, la ley y el presente decreto. Cada vez que haya una designación de uno o más miembros de dicho Consejo, los respectivos actos de designación deben registrarse ante la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías (DAIRM) del Ministerio del Interior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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