Micelio

Artículo 5

Ley 43 de 1983 · Por la cual se honra la memoria del primer Presidente de la República de la Nueva Granada, en el primer sesquicentenario de su fundación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para hacer los traslados, incluir partidas en presupuestos adicionales y tomar toda medida presupuestal y de cualquier otra índole que se haga necesaria para la vigencia en curso y en las subsiguientes vigencias, para la completa ejecución de lo dispuesto en la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 43 de 1983