Micelio

Artículo 61

: En Los Programas De Operación, Mantenimiento Y Control Interno De Calidad Del Agua En La Red De Distribución, Deberá Tenerse En Cuenta Que Los Hidrantes Y Extremos Muertos De La Red, Sean Purgados Cada Tres (3) Meses Para Eliminar Sedimentos Y Garantizar Su Debido Funcionamiento

Decreto 2105 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el título II de la Ley 09 de 1979 en cuanto a potabilización del agua.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

: En los programas de operación, mantenimiento y control interno de calidad del agua en la red de distribución, deberá tenerse en cuenta que los hidrantes y extremos muertos de la red, sean purgados cada tres (3) meses para eliminar sedimentos y garantizar su debido funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2105 de 1983