Micelio

Artículo 75

Con Aprobación Del Gobierno Nacional, Los Establecimientos Públicos Y Empresas Industriales Y Comerciales Procederán A Modificar Sus Estatutos En Lo Pertinente, A Fin De Que Se Ajusten A Lo Ordenado En El Presente Decreto Y Al Orgánico Del Himat

Decreto 133 de 1976 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con aprobación del Gobierno Nacional, los establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales procederán a modificar sus estatutos en lo pertinente, a fin de que se ajusten a lo ordenado en el presente Decreto y al orgánico del HIMAT. Los representantes del Sector Público en las Sociedades de Economía Mixta propondrán las reformas estatutarias a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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