Micelio

Artículo 3

Ley 15 de 1892 · por la cual se ordenan algunas mejoras en el Museo Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° La Administración del Museo, con apoyo e intervención del respectivo Ministerio activara la recolección de los productos naturales del país y de los objetos relativos a la Historia Patria desde sus primitivos tiempos, a fin de evitar la progresiva desaparición de estos últimos, y de hacer conocer las riquezas nacionales y sus aplicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 15 de 1892