Artículo catorce. La Oficina del Inspector de Policía Sanitaria y de Farmacia de Cundinamarca estará situada en el local del Departamento Jurídico, y las de los demás, en las oficinas de los Directores Departamentales de Higiene, quienes los supervigilarán en el desempeño de sus funciones.
Parágrafo
La Policía Sanitaria y de Farmacia de Cundinamarca dispondrá para el desempeño de sus funciones de un vehículo adecuado.