Micelio

Artículo 1

Decreto 1618 de 2000 · Por el cual se conforma el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Designación de los representantes de las entidades administradoras de riesgos profesionales. Se designan como representantes de las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales en el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales a las siguientes personas: Principal: Suplente: Roberto Arturo Sierra Manotas Fernando Robledo Quijano

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1618 de 2000