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Artículo 1

Suspensión Temporal Y Microfocalizada De Las Operaciones Militares Ofensivas Y Especiales De Policía

Decreto 1052 de 2025 · por el cual se suspenden, de manera temporal y microfocalizada - operaciones militares ofensivas y especiales de policía en el marco de la Mesa de Diálogos de Paz con la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano, para facilitar el procedimiento de destrucción de material de guerra.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Suspensión temporal y microfocalizada de las operaciones militares ofensivas y especiales de policía . Ordenar la suspensión de las operaciones militares ofensivas y especiales de policía en contra de los integrantes del grupo armado organizado al margen de la ley autodenominado Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB), que participan en el procedimiento de movilización, concentración, verificación y destrucción del material de guerra, con las siguientes características: 1.1. Punto A en el departamento de Putumayo: A partir de las 00:00 horas del del 9 de octubre de 2025 hasta las 24:00 horas del 14 de octubre de 2025, en el cua­drante para el punto A en el departamento del Putumayo, establecido en el anexo reservado del presente decreto. 1.2. Punto B en el departamento de Nariño: A partir de las 00:00 horas del 19 de octubre de 2025 hasta las 24:00 horas del 24 de octubre de 2025, en el cuadrante para el punto B en el departamento de Nariño, establecido en el anexo reservado del presente decreto. 1.3. Punto C en el departamento de Nariño: A partir de las 00:00 horas del 29 de octubre de 2025 hasta las 24:00 horas del 3 de noviembre de 2025, en el cua­drante para el punto C en el departamento de Nariño, establecido en el anexo reservado del presente decreto. El objeto de la medida dispuesta es facilitar la movilización, concentración, verificación y destrucción del material de guerra dispuesto por la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) en los puntos seleccionados para proceder con su verificación y posterior destrucción. Su aplicación territorial será temporal y microfocalizada, exclusivamente en los cuadrantes de veinticinco kilómetros cuadrados (25 km²), equivalentes a un área de cinco (5) por cinco (5) kilómetros cada uno, señalados en el anexo reservado y relacionados con los lugares aprobados para la destrucción del material de guerra, de conformidad con lo descrito en el Acuerdo número 12 “entrega, verificación y destrucción progresiva de material de guerra entre el Gobierno nacional y la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB)” , el Anexo número 2 “Hoja de ruta para la destrucción del material de guerra de las estructuras de la CNEB” y el “Protocolo sobre el procedimiento de destrucción del material de guerra a entregar por la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano”.

Parágrafo 1

El procedimiento de movilización, concentración, verificación y destrucción progresiva de material de guerra de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNIEB) se desarrollará en espacios geográficos de los departamentos de Nariño y Putumayo. Por lo tanto, la suspensión temporal y microfocalizada de las operaciones militares ofensivas y de las operaciones especiales de Policía se aplicará de manera independiente en cada uno de estos espacios, siguiendo como criterio orientador la hoja de ruta anexa al protocolo firmado y aprobado para tal fin.

Parágrafo 2

La ubicación específica de los cuadrantes donde opera la presente suspensión es de carácter reservado.

Parágrafo 3

En cumplimiento de lo establecido en el punto 4.2. del Acuerdo número 12 del 19 de julio de 2025, corresponderá al grupo armado organizado al margen de la ley ordenar a sus integrantes detener sus acciones ofensivas contra la Fuerza Pública con el propósito de facilitar el proceso de movilización, concentración, verificación y destrucción del material de guerra, de modo que no intervendrán ni crearán obstáculos para el acceso del personal técnico y operativo de la Fuerza Pública al lugar donde se realizará dicha destrucción.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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