Micelio

Artículo 200

Ley 95 de 1936 · Sobre Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al que teniendo conocimiento de la comisión de un delito y sin concierto previo, ayude al delincuente a eludir la acción de la autoridad, o a entorpecer o desviar la investigación correspondiente, se le impondrá arresto de dos meses a dos años.

Si se tratare de una contravención, se impondrá multa de cinco a doscientos pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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