La aceptación del abandono podrá ser expresa o tácita. Esta podrá inferirse de la conducta del asegurador.
Transcurridos sesenta días desde la fecha de recibo del aviso de abandono, el silencio del asegurador se tendrá como aceptación.
Aceptación Del Abandono- Irrevocabilidad- Responsabilidad Por Pérdida Total
Decreto 410 de 1971 · POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La aceptación del abandono podrá ser expresa o tácita. Esta podrá inferirse de la conducta del asegurador.
Transcurridos sesenta días desde la fecha de recibo del aviso de abandono, el silencio del asegurador se tendrá como aceptación.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.