Acopio de información. La secretaria técnica del Conaldef, acopiará la información que suministren las entidades que se indican en el artículo 2.2.8.9.8.5, para su análisis y posterior remisión al Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam).
La información que la secretaria técnica del Conaldef, recopile para efectos del análisis antes indicado será de carácter pública de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014, y demás normas que la modifiquen, sustituyan o deroguen.