Micelio

Artículo 2.2.8.9.8.3

Acopio De Información

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acopio de información. La secretaria técnica del Conaldef, acopiará la información que suministren las entidades que se indican en el artículo 2.2.8.9.8.5, para su análisis y posterior remisión al Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam).

Parágrafo

La información que la secretaria técnica del Conaldef, recopile para efectos del análisis antes indicado será de carácter pública de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014, y demás normas que la modifiquen, sustituyan o deroguen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1076 de 2015